Cuáles son los 3 impuestos que dió de baja EL SAT en este año 2023

Aunque te pueda parecer difícil de creer, la recaudación- en teoría- de los impuestos se destina a la satisfacción de ciertas necesidades de carácter colectivo como: la educación pública, la impartición de justicia, la seguridad, los hospitales públicos, la infraestructura y servicios de vías públicas, programas y proyectos de apoyo al desarrollo social y económico, si consideras que actualmente¡ son muchos los impuestos que pagas, imagínate que hubo aún más impuestos que pagarle al SAT y que estuvieron vigentes en años anteriores.

Por mandato constitucional, es obligación de los mexicanos contribuir de manera proporcional y equitativa a los gastos públicos del país, lo cual se hace a través del pago de los impuestos.

Recuerda que los impuestos son una contribución (pago) en dinero o en especie, de carácter obligatorio, con la que cooperas para fortalecer la economía del país. Los impuestos, en todos los sistemas económicos de los países, sirven para proveer de recursos al gobierno y éste pueda alcanzar los objetivos propuestos en su planeación.

Los impuestos que dio de baja el SAT

  1. Impuestos a los depósitos en efectivo
  2. Impuesto especial Tasa Única
  3. Impuesto al Activo
  • Impuestos a los depósitos en efectivo: El IDE es un impuesto de control que entró en vigor a partir del 1o. de julio de 2008, y surgió ante la necesidad de combatir la informalidad en el comercio a través de la fiscalización por medio del sistema financiero.

El artículo 1 de la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (LIDE) establecía que las personas físicas y morales que hagan depósitos en efectivo, en moneda nacional o extranjera, en cualquier tipo de cuenta (una o varias cuentas) que tengan a su nombre en las instituciones del sistema financiero, estarán obligadas a pagar el IDE. También existe la obligación de pagar el IDE por las adquisiciones en efectivo de cheques de caja, independientemente del monto.

No se consideran depósitos en efectivo, y por lo tanto no están sujetos a este impuesto, los abonos que se efectúen en favor de personas físicas y morales mediante:
1.Transferencias electrónicas de fondos.
2.Traspasos de cuenta.

  • Impuesto especial Tasa Única: La Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) fue la contribución más polémica de los últimos años, debido a diversos cuestionamientos e inquietudes por parte de los contribuyentes, expertos y autoridades fiscales, mismos que van desde calificar su constitucionalidad, hasta el hecho de que ciertos tipos de gastos sean no deducibles, como los intereses pagados, las regalías pagadas a las partes relacionadas tanto nacionales como extranjeras, los sueldos y salarios, por mencionar algunos.

Su objetivo fue fungir como un impuesto mínimo y de control respecto al Impuesto Sobre la Renta (ISR), a fin de coadyuvar a incrementar la recaudación para el gobierno federal, en especial por considerar la autoridad al régimen del ISR como “poroso”, sustituyendo al Impuesto al Activo (IMPAC).

Es decir, el Impuesto Empresarial a Tasa Única, tuvo como objetivo elevar la recaudación tributaria en nuestro país, tales fines son de carácter extra fiscal, como:

a) Sustituir los ingresos petroleros.

b) Lograr una mejor distribución de la riqueza.

c) Contribuir al desarrollo sostenido del país.

Lamentablemente no se pudo comprobar que el IETU cumplió su fin extra fiscal. Desde su aparición, en 2008, y hasta julio de 2013, los datos de la Secretaría de Hacienda muestran que el IETU recaudó 253 mil 278 millones de pesos, pero se tenían expectativas que arrojara recursos por 320 mil 269 millones de pesos.

  • Impuesto al activo: Era un gravamen complementario al impuesto sobre la renta. Esta contribución garantiza que las empresas que reportan pérdidas en periodos prolongados cubran al menos este impuesto como un pago mínimo que puede ser recuperado cuando obtengan utilidades en ejercicios posteriores. Estuvo vigente de 1989 a 2007.

Esperamos que esta información haya sido de ayuda, le proporcionamos nuestro contacto de Whatsapp (612)1529511 donde atendemos cualquier duda relacionada con facturación electrónica y contabilidad en menos de 5 minutos.

Realizar una opinión positiva en nuestras redes sociales y recibe folios de regalo 🎁.

Puede hacerlo por medio de Facebook y Google, recibe folios gratis en cada una de las opciones.

https://g.page/facturamelomx/

https://www.facebook.com/facturamelomx/

 

¡No te equivoques! Recuerda que dentro de tu plataforma los planes y servicios son mas caros 👎🏻

Acerca de admin 1131 Articles
✅ Atendemos sus dudas relacionadas con facturación electrónica y contabilidad en menos de 5 minutos, contáctanos. www.facturamelo.com 😷👍
Contacto: Sitio web

Be the first to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo no será publicada.


*


error

¿Dudas sobre Facturación o Contabilidad? WhatsApp (612)1529511 👍

Facebook
Instagram
Twitter
LinkedIn