Presentar tu declaración anual 2023

4 Documentos que necesitas para presentar tu declaración anual 2023

Recientemente el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer una prórroga para presentar ciertas declaraciones anuales para este 2023. Con este cambio, las personas morales tendrán más tiempo en preparar los documentos que necesitan para presentar su declaración anual, ya que, estos contribuyentes tendrán como fecha límite hasta el 3 de abril de 2023 para presentar la declaración anual.

Mientras que, la declaración de impuestos informativa, también tendrá una prórroga porque el software para cargar la información de la declaración anual de impuestos 2023 de manera informativa se encuentra bajo un proceso de actualización, por lo que este tipo de declaraciones se presentarán como límite hasta el 15 de marzo.

Hay que recordar que, el periodo que había marcado inicialmente el SAT para que los contribuyentes presentaran su declaración anual 2023 era el siguiente: las personas físicas del 1 al 30 de abril, mientras que, las personas morales, dicho ejercicio fiscal lo tenían que cumplir del 1 al 31 de marzo.

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En el caso de estos últimos contribuyenteslas personas morales que están obligadas a presentar su declaración anual son aquellas que, tengan 974 millones de pesos por ingresos acumulables, que coticen en bolsa, residentes en el extranjero o que realicen operaciones entre partes relacionadas, principalmente. 

De acuerdo con Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), las personas morales que presentan su declaración anual pertenecen a los siguientes tipos de régimen general: consolidación, grupos de sociedades, coordinados, actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras, con fines no lucrativos.

¿Qué documentos necesitan las personas morales para presentar su declaración anual 2023?

El IMCP recomendó a las personas morales tener preparados estos documentos antes de ingresar al aplicativo del SAT para presentar su declaración anual de este año:

  1. Preparación de papeles de trabajo para el cierre anual: Generar de manera anticipada los papeles de trabajo relativos a la deducción de inversiones, la conciliación del resultado fiscal con el contable, el ajuste anual por inflación, la determinación de la renta gravable de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU), entre otros.
  2. Prever cancelaciones de Comprobantes Fiscales Digitales (CFDI): En caso de que sea necesario cancelar facturas, considerar que las facilidades administrativas prevén que dichas cancelaciones se efectúen a más tardar en el mes en el que se deba presentar la declaración anual del impuesto sobre la renta (ISR) correspondiente al ejercicio fiscal en el que se expidió el comprobante.
  3. Corrección de CFDI de nómina: Tener en mente que, si durante el ejercicio fiscal 2022 se emitieron CFDI de nómina con errores u omisiones en su llenado o en su versión, podrán, por única ocasión, corregir éstos, siempre y cuando el nuevo comprobante que se elabore se emita a más tardar el 28 de febrero de 2023 y se cancelen los comprobantes que sustituyen.
  4. Requisitos de las deducciones: Verificar que al 31 de diciembre de 2022 se hubieran cumplido todos los requisitos de las deducciones autorizadas, y en el caso de los CFDI correspondientes, obtenerlos a más tardar en la fecha en que se deba presentar la declaración anual.

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