4 razones por las que EL SAT dará de baja tu RFC

4 razones por las que EL SAT dará de baja tu RFC

El Registro Federal de Contribuyentes (RFC) es una clave que consta de letras y números que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) utiliza para identificar a personas físicas y morales cuando ejercen una actividad económica en el país. Con este registro declararás impuestos y los pagarás ante el SAT cada cierto tiempo.

Sin embargo, estar suspendido significa que ante el SAT, no estás realizando actividades económicas, por lo que no estás obligado a llevar un registro contable, ni declarar impuestos o emitir comprobantes de pago, como es el caso de las facturas o Certificados Fiscales Digitales por Internet (CFDI).

Si te encuentras en estatus de suspensión de actividades, no puedes llevar a cabo actividades económicas con alguna empresa, trabajar como asalariado, prestar servicios profesionales, ni vender bienes o servicios.

Razones para la suspensión

  1. Que el contribuyente no realice actividad en los últimos cinco ejercicios fiscales
  2. Que durante este periodo no se emitan comprobantes fiscales
  3. No contar con obligaciones pendientes
  4. Por defunción del contribuyente.

En cualquiera de estos casos, el SAT dará de baja el RFC o los contribuyentes deberán presentar el aviso de cancelación de la empresa.

En caso de la muerte del contribuyente, familiares o amistades deberán identificar el régimen fiscal e iniciar la sucesión testamentaria o intestamentaria, dependiendo la circunstancia.

Se podrá solicitar la cancelación en caso de liquidación total del activo, conjuntamente con la declaración final del ejercicio de la liquidación y habiendo transcurrido un mes contado a partir de la presentación del aviso de inicio de liquidación.

¿Cómo reanudar actividades ante el SAT?

Si eres persona física debes seguir estos pasos:

  • Ingresa al portal del SAT y en el menú superior elige el botón PERSONAS
  • En el menú desplegable deberás elegir la opción: Trámites del RFC
  • Una vez dentro, dar clic en “Actualización en el RFC” y posteriormente la opción: “Presenta tu aviso de reanudación de actividades”
  • Verás un botón amarillo con la leyenda “Iniciar”
  • Te solicitará tu clave RFC y contraseña o firma electrónica, así como el texto captcha.
  • Una vez dentro deberás indicar la fecha de reinicio de actividades.

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