¿Cuándo entra en vigor la nueva versión 4.0 de la Factura electrónica?
El periodo de convivencia entre la version 3.3 y la version 4.0 termina el 30 de abril, en facturamelo.com ya puede emitir comprobantes con la versión 4.0 del CFDI, los datos deberás conocer de tu cliente son los siguiente: RFC, nombre o denominación o razón social, régimen fiscal y código postal de su domicilio fiscal. Únicamente se podrá emitir la factura electrónica si el receptor proporciona su régimen fiscal ya que dicha información es obligatoria.
- Existirá la versión 4.0.
- Incluirá de manera obligatoria el nombre y domicilio fiscal del emisor, así como el código postal receptor.
- Incluirá campos para identificar las operaciones donde exista una exportación de mercancías.
- Identificará si las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos indirectos.
- Incorporará nuevos apartados para reportar información respecto de las operaciones con el público en general; así como, aquellas que se realicen a cuenta de terceras personas.
- La versión será la 2.0.
- Incluirá de manera obligatoria el nombre y domicilio fiscal del emisor, así como el código portal del receptor.
- Permitirá relacionar otros CFDI.
- La versión será 2.0.
- Se incluyen nuevos campos para identificar sí los pagos de las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos.
- Se incluye un nuevo apartado con el resumen de los importes totales de los pagos realizados expresados en moneda nacional, así como los impuestos que se trasladan.
- A partir del 2022 será necesario señalar el motivo de la cancelación de los comprobantes.
- Al seleccionar como motivo de cancelación la clave 01 “Comprobante emitido con errores con relación” deberá relacionarse el folio fiscal del comprobante que sustituye al cancelado.
- Se actualizan los plazos para realizar la cancelación de facturas.
Fundamento Legal
Artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación del DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, del Código Fiscal de la Federación y otros ordenamientos.
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en la guia del sat solo indica el codigo postal y no la direccion completa.
o donde tienes esta informacion que se requiere toda los datos de la inforacion fiscal completa?
Hola buen día, correcto al ingresar el Código Postal ya se cumple con el requisito de señalar el domicilio y lugar de expedición del comprobante a que se refieren las fracciones I y III del Artículo 29-A del CFF, en los términos de la regla 2.7.1.29., fracción I, de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente. Gracias por su comentario, saludos desde La Paz Baja California Sur, México.