El saldo a favor es el derecho a obtener el beneficio las devoluciones de impuestos que procedan en términos del Código Fiscal y las leyes aplicables. Durante el mes de abril, las personas físicas tienen que realizar su declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y quienes tengan saldo a favor podrán solicitarán la devolución.
Una vez que se presentó la declaración anual, si se obtuvo un saldo a favor y se optó por una devolución, el plazo para tenerla es de hasta 40 días hábiles, aunque en años anteriores ésta solía concretarse de tres a cinco días después de la solicitud en el caso de las devoluciones automáticas para personas físicas, explicó Sergio Flores Robles, integrante de la Comisión Fiscal 2.0 del Colegio de Contadores Públicos de Guadalajara (CCPG).
En entrevista con Reforma, el experto dijo que en años pasados la autoridad realizaba la devolución de forma más rápida y en menos días, pero este año no ha sacado ninguna facilidad por lo que puede tardar hasta 40 días.
El saldo a favor es el derecho a obtener el beneficio las devoluciones de impuestos que procedan en términos del Código Fiscal de la Federación y las leyes aplicables.
“Esto ocurre cuando al efectuar el cálculo de tus impuestos, resulta que pagaste más de lo que debías, por lo que puedes solicitar ante el SAT que te sea devuelta la cantidad”, así lo afirma la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente, artículo 2, fracción II.
Evita estos errores
El SAT rechaza la devolución de impuestos cuando encuentra inconsistencias en la declaración anual, por lo que entre los errores más frecuentes que deben evitar están:
- la persona física no declaró todos sus ingresos
- el patrón o la persona moral puso datos erróneos en los recibos de nómina
- el contribuye hizo deducciones personales que no entran en dicha categoría o deducir CFDI’s que no cumplen con los requisitos.
- Los solicitantes también pueden tener errores en sus datos fiscales como el RFC, la e.firma o la contraseña, por lo que es importante revisar con tiempo la declaración fiscal y los archivos precargados en el sistema del SAT.
Cabe recordar que devolución automática aplica cuando el saldo a favor es de hasta 10 mil pesos. Para solicitarla, el contribuyente sólo requerirá su Contraseña.
¿Cómo solicitar la devolución?
1.- Acceder a www.sat.gob.mx/tramites/24016/solicita-tu-devolucion y selecciona “Iniciar”.
2.- Ingresa con la e-firma o el RFC, así como la contraseña.
3.- Tendrá que completarse el formulario de datos del formato electrónico.
4.- Para la reclamación, será necesario ingresar los archivos con los documentos del trámite escaneados.
5.- Se tiene que firmar y enviar el trámite con apoyo de la firma electrónica.
6.- Al finalizar lo anterior, es importante guardar o imprimir el acuse de recibo electrónico.
7.- También es vital dar seguimiento a la devolución en el apartado web relacionado “Consulta tu devolución automática”.
De forma presencial
1.- Se deberá agendar cita y acudir con la documentación del trámite a la oficina del SAT que le corresponda.
2.- Una vez en el sitio, el interesado deberá entregar la documentación a la autoridad fiscal que atenderá el trámite.
3.- Al finalizar lo anterior, el empleado del SAT dará una forma oficial sellada, como acuse de recibo, misma que deberá conservarse.
Recuerda que la fecha límite para presentar la Declaración Anual es hasta el sábado 30 de abril.
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