Conoce cuales son las consecuencias de tener una deuda fiscal con el SAT pues, en este 2022 las reglas sufrieron ajustes importantes.
El SAT continua aplicando diversos cambios a la manera de tributar impuestos, dentro de estos cambios incluye a la manera en la que deberán ser liquidadas las deudas fiscales, por lo que si no son pagadas, este organismo podría embargar a los contribuyentes ya sean personas físicas o morales.
Una deuda fiscal con el SAT no es negociable como sucede con los bancos en México, por lo que seguirá creciendo y no se detendrá hasta que sea pagada por completo, así que una de las consecuencias podría afectar directamente a tus cuentas bancarias.
Una de las posturas del SAT es que las personas físicas o morales con una deuda fiscal, tendrán 30 días hábiles para liquidar el saldo pendiente o garantizar el pago, de lo contrario las consecuencias podían endurecerse tanto que, te podrían embargar.
En las últimas horas Expansión reportó que la compañía ALSEA obtuvo una resolución del TFJA para la suspensión del cobro de un crédito por 3,881 millones de pesos pero el vocero de este consorcio empresarial reportó que la autoridad hizo caso omiso del aviso de la ley para que no procediera pero, este no tuvo efecto.
Así mismo Vips a Walmart, interpuso un juicio de resolución exclusiva de fondo ante el TFJA para verificar que las partes tengan satisfacción en las ultimas instancias. Es por ello que deberas saber qué el SAT tiene una postura fija ante la deuda fiscal por lo que está facultado para ejercer las acciones que correspondan.
¿pueden EMBARGAR mis cuentas bancarias por una DEUDA fiscal en 2022?
Debes saber que de acuerdo con el código fiscal de la federación, el SAT está facultado para embargar a los clientes que tengan deudas fiscales sin liquidar, por lo que puede retirar de tus posiciones lo siguiente:
- Dinero
- Metales Preciosos
- Bienes Inmuebles
- Cuentas por cobrar
- Acciones
- Bonos
- Cupones vencidos
- Valores inmobiliarios
- Seguros de vida
- Cuentas de ahorro
- Cuentas de Inversión
Como podrás ver, las cuentas bancarias si son parte de los bienes que se pueden embargar, por lo que el SAT está facultado para congelar las cuentas de un contribuyente ya sea persona física o moral para liquidar una deuda fiscal.
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