El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció que dará prórroga a varias obligaciones fiscales con las que deben cumplir los contribuyentes hasta el 31 de diciembre de 2022. Los trámites que contarán con esta prórroga son la cancelación de facturas electrónicas de ejercicios fiscales anteriores a 2022. Así como el uso de la factura electrónica 3.3, ya que la obligatoriedad de la versión 4.0 será a partir del 1 de enero de 2023.
Además, los contribuyentes del Régimen Simplificado de Confianza podrán expedir sus facturas electrónicas con Factura fácil y Mi nómina a través de ‘Mis cuentas’ sin la necesidad de contar con el certificado de la firma electrónica (e.firma) o de un Certificado de Sello Digital hasta el 31 de diciembre de 2022.
También las personas físicas que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza deberán contar con su firma electrónica (e.firma) activa a más tardar el 31 de diciembre de 2022.
De igual forma se extiende la prórroga para aquellos contribuyentes que no hayan habilitado su Buzón Tributario o registrado o actualizado sus medios de contacto, a efecto de que durante dicho periodo no les sea aplicable una multa.
El SAT resaltó que para el caso de la obligatoriedad de la factura electrónica 4.0 y la cancelación de facturas electrónicas de ejercicios fiscales anteriores a 2022, se pretende que los contribuyentes tengan un mayor periodo de adaptación para recibir, emitir o cancelar facturas.
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