Si eres persona física, en tu Declaración Anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) tienes derecho a presentar algunas deducciones personales, la idea- o ilusión de muchos- es que, puedas obtener un saldo a favor, si presentas tus deducciones en tu Declaración Anual. Recuerda que el monto total de las deducciones personales (excepto gastos médicos por incapacidad y discapacidad, donativos, aportaciones voluntarias y aportaciones complementarias de retiro, así como estímulos fiscales) no puede exceder de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales o del 15% total de tus ingresos, incluidos los exentos, lo que resulte menor. Hoy te diremos qué compra sí puede hacerse deducible.
Toma en cuenta que las deducciones personales se dividen, principalmente, en salud, educación y otros como gastos funerarios, donaciones y aportaciones al Afore.
Las deducciones personales:
Salud.
- Honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición. *
- Son deducibles si son prestados por personas con título profesional legalmente expedido y registrado por las autoridades educativas competentes.
- Gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales.
- No proceden los comprobantes de farmacias.
- Honorarios a enfermeras.
- Análisis, estudios clínicos.
- Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente.
- Prótesis.
- Compra de lentes ópticos graduados para corregir efectos visuales.
- Primas por seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social.
- Dichos gastos por salud serán deducibles cuando hayan sido efectuados para ti, tu cónyuge o concubino/a, tus padres, abuelos, hijos y nietos
¿Cómo hacer deducible las compras en farmacia?
Si compras medicinas en una farmacia no pueden considerarse para las deducciones personales para la deducción de impuestos, pero si vienen incluidas en una factura que te haya expedido un hospital ahí sí son deducibles, así expresamente lo señala la ley del Impuesto Sobre la Renta.
Así que si por alguna situación tienes que ir al hospital y durante tu estancia te administran medicamentos, Pamela Castro, contadora especialista en impuestos dijo: “no olvides pedir factura para que la puedas incluir en tu declaración anual”.
No olvides:
- pagar con medios bancarizados
- proporcionar tus datos fiscales correctamente
- especificar que la factura la quieres con el uso D01 honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios
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