¿Que actividades están exentas de IVA en México?

¿Que actividades están exentas de IVA en México?

El IVA es un impuesto para todos los consumidores del que parece no haber escapatoria, ¿verdad? Pues la buena noticia es que tiene exenciones. Conoce cuáles son las actividades exentas de IVA y cuál es la diferencia entre una exención y la tasa del 0%. Antes de entrar en materia, hagamos un repaso a los conceptos que involucran a este impuesto para saber de qué tipo de gravamen se trata y cómo se cobra a los consumidores.

¿Qué es el IVA en México?

En México, el Impuesto al Valor Agregado es un gravamen con tasa del 16% incluido al realizar una adquisición de un bien o servicio.

Este impuesto, financiado por el consumidor, grava el valor añadido a un bien o producto en cada fase de su producción o comercialización.

Características del IVA

Como sabes, este impuesto al consumo es una de las herramientas de recaudación más importantes del país. Algunos de los puntos esenciales del IVA con los que es necesario familiarizarte para comprender mejor el concepto son los siguientes:

  1. El IVA es un impuesto indirecto porque grava al consumo especifico de un bien o servicio y su carga fiscal recae en el consumidor final.
  2. Se trata de un impuesto interno porque únicamente grava los actos llevados a cabo dentro del territorio nacional.
  3. Se le considera un impuesto real, ya que no se relaciona con las circunstancias personales del contribuyente, sino que se le asocia directamente al consumo de cosas.
  4. Es también un impuesto regresivo porque impone mayor esfuerzo contributivo a las clases bajas.

¿Qué son los impuestos indirectos?

El mejor ejemplo de un impuesto indirecto es el IVA. Este tipo de impuesto se define como aquél recaudado por un intermediario, quien no lleva la carga fiscal y funge como un agente recaudador que repercute el impuesto al consumidor final.

  • En los impuestos indirectos, las cantidades a pagar se fraccionan en varias operaciones individuales.
  • Lo paga cualquiera que consuma el bien o servicio, sin importar su capacidad de tributar.
  • Son impuestos más fáciles y cómodos de recaudar.
  • Los intermediarios concentran los montos fiscales recaudados de varios contribuyentes.

¿Quiénes deben pagar el IVA?

El Artículo 1 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA) señala que: “están obligados al pago del IVA todas las personas físicas y morales que, en territorio nacional, realicen actividades de enajenación, prestación de servicios independientes, uso o goce temporal de bienes, y la importación de bienes o servicios”.

Cómo se cobra el IVA

El citado artículo también menciona que el contribuyente trasladará dicho impuesto, en forma expresa y por separado, a las personas que adquieran los bienes, los usen o gocen temporalmente, o reciban los servicios.

Ahora bien, ¿qué se entiende por traslado del impuesto? Significa el cobro o cargo que el contribuyente debe hacer a dichas personas de un monto equivalente al impuesto establecido.

Por su parte, el contribuyente deberá pagar la diferencia entre el impuesto a su cargo y el que le hubieran trasladado o el que él hubiese pagado en la importación de bienes o servicios.

Diferencias entre las tasas de IVA

Como decíamos al inicio, existen diferenciaciones entre los productos y servicios exentos del impuesto, aquellos gravados con tasa del 0% y los que no son sujetos del Impuesto al Valor Agregado. Éstas son las categorías en que se divide el IVA:

  1. Tasa del 16%
  2. Tasa del 0%
  3. Exentas de IVA

Tasa del 16% de IVA

Esta tasa se aplica a la generalidad de las actividades económicas gravadas. Por mencionar algunos casos en cuyo rubro toda persona física o moral se encuentra obligada a hacer el pago del 16% de IVA, esto implica:

  • Prestaciones de servicios independientes.
  • Otorgamientos de uso o goce temporal de bienes.
  • Importación de bienes o servicios.

Tasa del 0% del IVA

Son actos a los que no se incrementa el importe total a cubrir, pues la tasa de impuesto tiene un valor de cero. No obstante, al ser gravados por la LIVA tendrán los mismos derechos de acreditamiento que los actos gravados a 16%.

En esta tasa, el consumidor no paga el gravamen. Es aplicable a ciertos bienes y servicios; por ejemplo:

  • Libros, revistas y periódicos.
  • Venta de animales y vegetales no industrializados.
  • Medicinas de patente.
  • Joyería, oro, orfebrería, piezas ornamentales y artísticas.
  • Invernaderos para cultivos.
  • Alimentos procesados para mascotas.
  • Chicles o gomas de mascar.
  • Saborizantes, microencapsulados y aditivos alimentarios.
  • Productos destinados a la alimentación, excepto por jugos y néctares
  • Venta de hielo y agua no gaseosa ni compuesta, en envases menores de 10 litros.
  • Tractores para implementos agrícolas.
  • Caviar, salmón ahumado y angulas.
  • Fertilizante.
  • Ixtle, lechuguilla y palma.
  • Herbicidas, plaguicidas y fungicidas destinados a la agricultura o ganadería.

Esta tasa se aplica, asimismo, a los prestadores de servicios dedicados a:

  • Agricultura o ganadería.
  • Pasteurización de leche.
  • Molienda de granos (maíz, trigo, entre otros).
  • Invernaderos hidropónicos.
  • Despepite de algodón.
  • Sacrificio de ganado y aves de corral.
  • Suministro de agua para uso doméstico.

Exentos de IVA

Por definición legal, se trata de actos afectos a la LIVA a los que se otorga el beneficio de la exención, aunque perdiendo el derecho de acreditar el impuesto trasladado por las erogaciones identificadas con esos actos. La Ley del IVA establece como productos o servicios exentos del IVA:

  • Venta de casa-habitación.
  • El suelo.
  • Transporte público terrestre de personas.
  • Servicios de enseñanza.
  • Arrendamiento de inmuebles destinados o utilizados para casa-habitación.

No son objeto de IVA

En tanto, hay una consideración más, la cual no debe confundirse con las operaciones exentas de IVA. Se trata de aquellos productos y servicios que no se contemplan en la LIVA y son todos los actos que, de acuerdo a las definiciones contenidas en ella, no sean enajenación, prestación de servicios, uso o goce temporal ni importación. Entre ellos se incluyen:

  • Indemnizaciones de seguros en casos de siniestros.
  • Premios por algún sorteo.
  • Apoyos de becas gubernamentales.

¿Cuál es la diferencia entre las tasas del IVA?

Ahora que conoces las distintas tasas del IVA, incluyendo la exención del impuesto, es necesario conocer en qué radica en realidad la diferencia entre éstas.

Y dicha diferencia radica principalmente en que para la tasa del 0% los contribuyentes siguen teniendo la misma obligación de realizar su declaración a las autoridades hacendarias y podrán recibir su devolución del IVA.

En cambio, en los actos exentos de IVA no existe dicha obligación de declarar, por lo que tampoco se puede hablar de devoluciones o deducciones.

¿Qué es el acreditamiento del impuesto?

El acreditamiento es el IVA Trasladado al contribuyente por la venta de bienes y servicios que realiza, así como el impuesto que pagó por sus compras y gastos de operación. Como resultado de la diferencia entre el impuesto trasladado menos el IVA acreditable; es decir, menos las mencionadas compras y gastos operativos, el contribuyente termina con un saldo a favor.

Exenciones de IVA

Las exenciones de IVA son un privilegio otorgado por la Ley y su aplicación es perfectamente legal. Vale la pena reiterar algunas de esas actividades donde aplica la exención del IVA.

  • a) Construcciones adheridas al suelo, destinadas a casa-habitación. Tratándose de unidades habitacionales, no se considera como destinadas a casa habitación las instalaciones y obras de urbanización, mercados, escuelas, centros o locales comerciales, o cualquier otra obra distinta a las señaladas.
  • b)      Los de enseñanza que preste el gobierno o particulares con autorización.
  • c)  El transporte público terrestre de personas, que se preste exclusivamente en áreas urbanas, suburbanas o metropolitanas.
  • d)     El derecho para usar y explotar una obra, que realice su autor.
  • e)   Exención de IVA en exportaciones. Para facilitar las ventas hacia otros mercados, se consideran parámetros como el hecho de que se trate de un uso o goce temporal de bienes intangibles, que sean de carácter definitivo y que el aprovechamiento de servicios prestados por residentes en el país sea en el extranjero.
  • f)  Servicios prestados en forma gratuita. Excepto cuando los beneficiarios sean los miembros, socios o asociados de la persona moral que presta el servicio.
  • g)   Servicios médicos. Los servicios profesionales de la medicina que requieran del título de médico conforme a las leyes aplicables, están también exentos desde la Reforma Miscelánea Fiscal 2018.

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