Te diste de alta en el SAT y no tienes empleo?

¿Registrarte ante el SAT incluso sin tener trabajo es bueno? ¿Puede causarte problemas esto? Aquí te decimos todo lo que debes saber sobre esta práctica, así que presta mucha atención y evita malentendidos.

El Servicio de Administración Tributaria, más conocido como SAT, es <<un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que tiene la responsabilidad de aplicar la legislación fiscal y aduanera, con el fin de que las personas físicas y morales contribuyan proporcional y equitativamente al gasto público>> de acuerdo con su portal oficial.

Sabemos que el SAT se encarga de hacer que los ciudadanos cumplan con las obligaciones fiscales que tienen, esto lo hace con toda la autoridad y de no cumplir en tiempo y forma con alguna de estas obligaciones, entonces procedería a una sanción.

Si bien las obligaciones fiscales son las mismas, la que te toque a ti dependerá en gran medida del régimen al que pertenezcas y las actividades que realices.

Ahora bien, ¿por qué debemos registrarnos ante el SAT? Este proceso es obligatorio y bastante eficiente, debido a que así puedes mantener en orden y claras tus finanzas, todo aquel dinero que ingrese a tus cuentas bancarias y que gastes.

De no ser claro con tus ingresos y gastos, entonces el SAT tiene la obligación de ponerse en marcha para una investigación a fondo a tus ingresos, a fin de poder esclarecer todo.

Ya que sabemos un poco más acerca de este órgano que a más de uno nos ha puesto de cabeza, el día de hoy resolveremos una de las dudas más frecuentes que existen.

 

 

Lo que pasa si te das de alta en el SAT sin trabajo

Como mencionamos anteriormente, darse de alta ante el SAT es un requisito obligatorio, pero ¿esto también

aplica para quienes no tienen trabajo? ¿Qué se debe hacer en esas situaciones?

Lo primero que debes tener en cuenta es que, toda vez que cumplas la mayoría de edad (18 años), tendrás que darte de alta en el SAT para quedar en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), esto de manera obligatoria.

Por cuestiones de pagos, si no cuentas con un empleo al momento de registrarte, no debes de preocuparte, puesto que para eso están los regímenes fiscales.

En este tipo de casos, el régimen fiscal que se usa es el de ‘personas físicas sin obligaciones fiscales’, que tal como su nombre lo dice, no tendrás obligación fiscal alguna, es decir, no pagarás contribuciones o presentarás declaraciones, entre muchas más.

Así pues, se soluciona el posible inconveniente o duda que presentabas, no pasa nada si te registras en el SAT y no estás trabajando, de hecho, es obligatorio estar registrado.

En caso de haberte quedado sin empleo, entonces deberás acudir a las oficinas del SAT, explicando tu situación y ver la manera en que puedan ayudarte con la suspensión de actividades (obligaciones fiscales) por el tiempo que dures desempleado.

Así que ahora ya lo sabes, no te detengas más en tramitar tu RFC, es algo que de igual manera te servirá.

 

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