Activar tu buzón tributario y sacar la FIEL serán obligatorios para RESICO 2022

Activar tu buzón tributario y sacar la FIEL serán obligatorios para RESICO 2022

Dentro de las dudas más comunes acerca del Régimen Simplificado(RIF) de confianza se encuentran las siguientes.  ¿Tengo que activar mi buzón tributario si pertenezco al RESICO 2022? ¿Tengo que sacar mi FIEL para pertenecer al RESICO 2022?

Número 1 –  Si debo activar mi buzón de tributario y hasta qué fecha tenemos para poder hacerlo. Y número dos, acerca de la firma electrónica avanzada, ya que este documento, tiene que ser forzosamente tramitado por cada 1 de los contribuyentes para poder permanecer en él RIF.

La primera respuesta es que tenemos hasta el día 30 de junio de 2022 para habilitar el buzón tributario este en el caso de pertenecer al RESICO. Lo puedes hacer de dos maneras:

1.-Por correo electrónico.
2.-Por teléfono.

Esto viene en el artículo 10º transitorio de las resoluciones miscelánea fiscal para el 2022, acuérdate, es el 30 de junio del 2022 que tenemos para poder activar nuestro buzón. Debutaría en caso de que hayamos optado por activar. Un régimen simplificado de confianza.

En el tema de la firma electrónica avanzada Sí, es muy importante que nosotros consideremos activarlo, porque si no lo hacemos, lo que va a ser la autoridad fiscal es simplemente sacarnos de este régimen simplificado de confianza. En el artículo 38º de la resolución, miscelánea fiscal para el 2022,Tenemos como requisito que número 1, si nosotros optamos por pertenecer a este régimen simplificado de confianza y ya veníamos publicando, tenemos hasta el 30 de junio del 2022 para poder tener nuestra firma electrónica avanzada.

Por supuesto, una de las complicaciones es poder tener una cita en el SAT lo más pronto posible, pero tenemos bastante tiempo de aquí hasta junio para que tú puedas tener en tu firma electrónica. En el segundo caso tenemos aquellos contribuyentes que inicien operaciones como régimen simplificado de confianza, ya que estos contribuyentes lo que van a hacer es de que van a poder realizar el trámite de su firma electrónica avanzada, pero solamente por los próximos 30 días, para que tú lo consideres, si vas a optar por este nuevo régimen, Este requisito tendría que estar muy bien identificado.

En aquellos requisitos para poder pertenecer al régimen simplificado de confianza porque nuevamente si este requisito la firma electrónica avanzada no la tenemos tanto si ya veníamos nosotros tributando en algún régimen como si iniciamos operaciones simple y sencillamente es el SAT nos va a sacar de este régimen.

Es muy importante que esto lo consideres, ya que, si te saca la autoridad de este régimen por este motivo, ya no vas a poder regresar a ser Régimen simplificado de confianza, Hay que tener mucho cuidado con los días y con las fechas que nosotros estamos considerando para poder realizar este trámite.

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