El Código Fiscal de la Federación (CFF) establece que las autoridades fiscales presumirán, salvo prueba en contrario, que los depósitos en la cuenta bancaria del contribuyente que no correspondan a registros de su contabilidad que esté obligado a llevar, son ingresos y valor de actos o actividades por los que se deben pagar contribuciones. Esto lo establece el Artículo 59, fracción III, del CFF.
Especialistas recomiendan especificar en el campo “concepto” o “descripción” del formulario bancario que se trata de un traspaso entre cuentas propias al realizar transferencias electrónicas.
El contribuyente debe demostrar que son traspasos entre sus cuentas
La tesis de jurisprudencia VIII-J-2aS-115 señala que cuando la autoridad realice la determinación presuntiva de contribuciones a un contribuyente por aquellos depósitos que correspondan a traspasos entre cuentas, es obligación de éste aportar la documentación idónea para demostrar que dichos depósitos y registros contables provienen de un concepto distinto al determinado por la autoridad fiscal.
Documentos que deberá proporcionar
La misma jurisprudencia enlista diversos documentos que los contribuyentes pueden aportar, entre los que se encuentran los siguientes:
- Estados de cuenta
- Papel de trabajo
- Copia del recibo en donde se especifique el monto y la cuenta de donde proviene el depósito
- Forma de pago
- Número de cheque o reporte de transferencia
- Número y nombre de la cuenta bancaria abierta a su nombre de donde se visualice la salida del depósito
- Origen del importe depositado.
Adicionalmente, el criterio indica que corresponde al contribuyente “ofrecer la prueba pericial contable, y con ello, se verifique el registro de cada operación, correspondencia de cantidades entre sus cuentas y que no se incrementó su patrimonio”.
Este último punto pudiera resultar excesivo para ciertos contribuyentes. Esto se debe a que de ser cierto el hecho que los depósitos son traspasos entre cuentas propias, la autoridad les orilla a contratar servicios periciales que representan un costo.
Recomendaciones
Fiscalia considera que una práctica recomendable es que, tratándose de transferencias electrónicas, el contribuyente incluya, en el campo “concepto” o “descripción” del formulario bancario para la transferencia, la indicación de que se trata de un traspaso entre cuentas propias.
Con lo anterior, se aporta un elemento para demostrar que, desde el momento en que se realizó la operación, se trata de dinero propio que no incrementó el patrimonio.
Además, señaló que lo ideal es adoptar prácticas de registro y de trazabilidad de documentos y del dinero, de manera que se tengan mayores elementos para demostrar que los traspasos entre cuentas propias no se tratan de un incremento patrimonial, sino que es movimiento de dinero propio.
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