Cómo reclamar devoluciones de declaraciones al SAT de hasta cinco años atrás

Cómo reclamar devoluciones de declaraciones al SAT de hasta cinco años atrás

Recibir dinero del SAT siempre es una buena noticia, sobre todo si se trata de saldo a favor de las declaraciones de impuestos anuales. Por si no lo sabías, puedes solicitar devoluciones por hasta los cinco años previos.

Este saldo a favor se genera cuando el usuario paga más de lo que debía, ya sea por las retenciones realizadas por su patrón o por el cálculo de los impuestos en el año fiscal.

En el Código Fiscal de la Federación, Artículo 146, se indica que el contribuyente tiene hasta cinco años para solicitar la devolución de impuestos, a partir de la fecha en que la pide. Es decir, si se presentó declaración el 15 de abril de 2019, se tiene hasta el 15 de abril de 2024.

Para solicitarla, hay varios elementos previos a considerar. Esto se puede hacer únicamente cuando se haya presentado la declaración anual del Impuesto sobre la Renta (ISR), el impuesto que se aplica sobre los ingresos como persona física o empresa, del ejercicio correspondiente o pendiente, y haber realizado el pago correspondiente.

A diferencia de las devoluciones automáticas, que se dan cuando el usuario presenta su declaración del año anterior y elige la opción «Devolución» antes del 31 de julio, estos procedimientos de hasta cinco años se deben hacer de forma manual.

Cómo solicitar el saldo a favor

Vamos paso a paso. Lo primero es realizar la declaración anual pendiente, si es que esta no se ha presentado, o revisar si hay saldos a favor pendientes, pues para presentar esta solicitud manual se debe contar con un número de operación y acuse. La manera más práctica de realizarla es presentando una solicitud «En Línea», aunque también se puede hacer de forma presencial.

En caso de que se realice la solicitud vía electrónica, lo primero es ingresar al sitio del SAT, dirigirse a la sección de «Devoluciones y compensaciones» y luego a la de «Solicita tu devolución«.

Aquí será necesario tener a la mano la firma electrónica (e.firma), o en su caso, el RFC y la contraseña, y tras ingresar, se podrá solicitar la devolución utilizando un formato prellenado, donde el contribuyente deberá verificar que sus datos, como el nombre, apellidos, RFC, domicilio fiscal y datos de contacto sean correctos.

El siguiente paso será solicitar el saldo a favor, donde se deberá indicar el ejercicio fiscal al que corresponde la devolución, el acuse y el importe del saldo a favor que se tiene, así como el número de la cuenta bancaria en la que se debería depositar el dinero.

Después, el contribuyente tendrá que adjuntar los archivos con los documentos del trámite escaneados para aclarar o complementar la declaración anual en una carta comprimida en formato zip. Por último, será necesario firmar y enviar el trámite con la firma electrónica, y guardar el acuse de recibo electrónico con un número de folio.

Si se genera la devolución, el plazo para la entrega del saldo puede ser de entre 10 y 40 días hábiles, aunque también puede suceder que el SAT pida más información para revisar o que en todo caso se niegue la solicitud.También es posible realizar la solicitud de forma presencial. En este caso, el contribuyente deberá acudir a la oficina más cercana tras programar una cita, presentando la documentación necesaria.

Verificando el proceso

No hay que esperar a que se termine el plazo de devolución del saldo a favor, pues siempre se puede hacer un seguimiento directamente en el portal del SAT, desde donde se puede consultar e imprimir la situación en la que se encuentra el procedimiento. Puntos para el SAT por simpleaz.

Es importante aclarar que para poder realizar este trámite es necesario no solo contar con la e.firma vigente. También se debe tener presentada la DIOT, que es la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros, donde se informan las operaciones con proveedores relacionadas al IVA.

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