Consulta los documentos aceptados como comprobantes de domicilio

Documentos aceptados como comprobante de domicilio que puedes adjuntar en la presentación de tus trámites fiscales.

Cuando el trámite que realices, te solicite un comprobante de domicilio como requisito, puedes presentar cualquiera de los siguientes:
  • Estado de cuenta a nombre del contribuyente, que proporcionen las instituciones del sistema financiero, el mismo no debe tener una antigüedad mayor a 4 meses, no es necesario que lo exhibas pagado.
  • Último recibo del impuesto predial a nombre del contribuyente, el mismo no debe tener una antigüedad mayor a 4 meses, tratándose de recibo anual debe corresponder al ejercicio en curso, no es necesario que lo exhibas pagado.
  • Último recibo de los servicios de luz, gas, televisión de paga, internet, teléfono o de agua, a nombre del contribuyente, el mismo no debe tener una antigüedad mayor a 4 meses, no es necesario que los exhibas pagados.
  • Ultima liquidación a nombre del contribuyente del Instituto Mexicano del Seguro Social.
  • Contratos de:
  1. Arrendamiento o subarrendamiento suscritos por el contribuyente, en ambos casos, el arrendador o subarrendador debe estar inscrito y activo en el RFC, y cuando el arrendador o subarrendador sea una persona física, requiere estar inscrito en el régimen de arrendamiento y adjuntar al contrato copia simple de su identificación oficial. En este caso, el contrato de arrendamiento debe cumplir con las formalidades requeridas por las disposiciones legales tales como nombre y firma de las partes que lo suscriben, el objeto del contrato, las cláusulas y declaraciones a las que se sujetaran, por mencionar algunas.
  2. Prestación de servicios a nombre del contribuyente, en el que se incluya el uso de una oficina o espacio de trabajo, suscrito con un plazo mínimo de 6 meses, acompañado del recibo de pago, el cual cumple con los requisitos fiscales.
  3. Fideicomiso formalizado ante Fedatario Público.
  4. Apertura de cuenta bancaria suscrito por el contribuyente, con una antigüedad no mayor a 3 meses.
  5. Servicios de luz, teléfono o agua suscritos por el contribuyente, el mismo no debe tener una antigüedad mayor a 2 meses.
  • Carta de radicación o de residencia a nombre del contribuyente, expedida por los gobiernos estatal, municipal o sus similares en la Ciudad de México, conforme a su ámbito territorial, que no tenga una antigüedad mayor a 4 meses.
  • Comprobante de alineación y número oficial emitido por el gobierno estatal, municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre del contribuyente, dicho comprobante debe contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses.
  • Recibo oficial u orden de pago expedido por el gobierno estatal, municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre del contribuyente, el comprobante debe contener tu domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses, tratándose de pago anual debe corresponder al ejercicio en curso, no es necesario que lo exhibas pagado.
  • En el caso de los asalariados y los contribuyentes sin actividad económica, la credencial para votar emitida por el Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal Electoral) vigente.
  • En el caso de inscripción en el RFC de personas morales extranjeras, pueden presentar la Autorización de Oficina de Representación o Toma de Nota de Domicilio, expedidas por la Secretaría de Economía, siempre que contengan la información del domicilio en donde se llevan a cabo las actividades económicas. Este documento requiere ser expedido a nombre de la persona moral.
  • Cédula de empadronamiento de mercados públicos expedida a nombre del contribuyente, acompañada del formato de pago de derechos más reciente, el cual debe exhibirse pagado.
Para los trámites que realicen las personas físicas, los comprobantes de domicilio pueden estar a nombre de un tercero, excepto los estados de cuenta que proporcionen las instituciones del sistema financiero, la última liquidación del IMSS, los contratos de fideicomiso y la apertura de cuenta bancaria, así como la carta de radicación o de residencia, siempre y cuando cumplan con los requisitos respectivos.
La autoridad fiscal podrá aceptar como comprobantes de domicilio para el trámite de inscripción en el RFC de una persona moral, los estados de cuenta que proporcionen las instituciones del sistema financiero, el último recibo del impuesto predial, el último recibo de los servicios de luz, gas, televisión de paga, internet, teléfono o de agua, los contratos de arrendamiento o subarrendamiento, prestación de servicios, apertura de cuenta bancaria y servicio de luz, teléfono o agua, que se encuentren a nombre de uno de los socios o accionistas, siempre y cuando cumplan con los requisitos previstos en dichos numerales, para cualquier otro trámite los comprobantes de domicilio deben estar a nombre de la persona moral.

Preguntas frecuentes

¿Quiénes pueden presentar su credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral como comprobante de domicilio?

Los asalariados y los contribuyentes sin actividad económica, en virtud de que es un documento aceptado para este sector de contribuyentes.

Me cambie de domicilio fiscal, ¿Puedo presentar un estado de cuenta bancario como comprobante de domicilio?

Sí, siempre que se encuentre a tu nombre y no tenga una antigüedad mayor a 4 meses, contados a partir de la fecha límite de pago.
Para realizar un trámite fiscal, ¿Puedo presentar un recibo de luz como comprobante de domicilio, aunque no esté a mi nombre?
Sí, puede estar a nombre de un tercero, siempre y cuando no tenga una antigüedad mayor a 4 meses.

 

 

 

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