¿Qué puedes hacer en caso de que el SAT no precargue correctamente información de deducciones personales, gastos o ingresos? Aquí te lo decimos.
A partir de este 1 de abril, las personas físicas podrán enviar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) su declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal 2023.
Sin embargo, en algunos casos puede suceder que las facturas por deducciones personales, gastos o acreditación de ingresos no están cargadas en el sistema. Si llegas a enfrentar esa situación te decimos qué puedes hacer.
¿Por qué no aparecen mis deducciones personales?
Edgardo Beltrán, integrante del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM) explicó que este problema puede deberse a que el CFDI fue emitido de manera incorrecta. Por ejemplo, cuando una persona quiere deducir gastos médicos, pudo pasar que la factura se asentó con “pago en efectivo”. En este caso, el SAT no reconoce la deducción personal debido a que la ley señala que el pago debe ser por vía electrónica (tarjeta de débito o transferencia), para que proceda correctamente.
Otro caso podría ser que, en lugar de asentar “honorarios médicos” o “gastos hospitalarios”, el emisor de la factura asiente en el CFDI un concepto distinto que no sea válido para aplicar la deducción personal.
¿Qué puede pasar?
Lo que puede pasar es que el SAT no contemple la factura como una deducción personal o en su caso como un gasto para acreditar IVA.
Así, la base gravable para determinar el ISR a pagar no se reduce como el contribuyente lo esperaría. Y, en algunos casos, puede dar lugar a que no exista saldo a favor e incluso que exista un cargo en contra, es decir, que el contribuyente deba pagar al SAT en la declaración anual.
¿Qué hacer?
Beltrán explica que lo que se debe hacer es solicitar una corrección al emisor (proveedor) del CFDI. Tras la corrección, el CFDI deberá aparecer corregida en el sistema después de 72 horas.
El peor escenario
Al momento de realizar la declaración anual, el contribuyente puede encontrarse con una limitación para que el aplicativo la reconozca automáticamente. Es un caso muy extraño, pero puede suceder. Y lo que debe hacer el contribuyente es solicitar una corrección en el mismo portal del SAT.
Y, posteriormente, estar atento a su buzón tributario, para revisar la respuesta de la autoridad fiscal. En caso de respuesta positiva, procederá la devolución automática. Siempre y cuando la declaración anual se realice antes de que termine abril.
En caso de respuesta negativa, el SAT podría solicitar documentos de trabajo para integrarlos en la corrección. En estos casos, señala Edgardo Beltrán, sería mejor asesorarse con un profesional, como un contador público. Además, en este escenario, la respuesta del SAT podría demorarse hasta 2 meses y medio. Un periodo tras el cual ya no procede la devolución automática, sino la realización del trámite de devolución manual.
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