Prestar tu tarjeta de crédito podría causarte problemas con el SAT

Prestar tu tareta de crédito podría causarte problemas con el SAT

Si la autoridad revisa, y compara los ingresos y los gastos del contribuyente, pudiera presumir una situación de discrepancia fiscal. Para evitar problemas con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), los contribuyentes deben evitar algunas malas prácticas al usar sus tarjetas de crédito.

Si la autoridad revisa, y compara los ingresos y los gastos del contribuyente, pudiera presumir una situación de discrepancia fiscal. Para evitar problemas con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), los contribuyentes deben evitar algunas malas prácticas al usar sus tarjetas de crédito.

De acuerdo con Roberto Colín Mosqueda, integrante de la Comisión Técnica Fiscal 2 del Colegio de Contadores Públicos de México, existe una mala práctica por parte de los contribuyentes al usar sus tarjetas de crédito.

El contador explicó que la mala práctica consiste en usar el crédito de la tarjeta para que familiares o amigo se compren cosas. Porque aunque el familiar o amigo pague puntualmente lo que gastó, el que prestó la tarjeta podría meterse en problemas con el SAT.

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“Una persona que tiene una tarjeta con un buen crédito, pudiera tener un hermano o un amigo que le diga ‘ayúdame a comprar algo con tu tarjeta y te lo voy pagando’”, comentó Colín Mosqueda.

Pero el integrante del Colegio de Contadores Públicos de México dijo que si la autoridad revisa, y compara los ingresos y los gastos del contribuyente, pudiera presumir una situación de discrepancia fiscal.

¿Qué es la discrepancia fiscal?

Las personas físicas pueden ser objeto del procedimiento de discrepancia fiscal del SAT. Esto sucederá cuando el monto de las erogaciones o gastos del contribuyente en un año sean superior a sus ingresos declarados. Esto lo establece el Artículo 91, párrafos primero y séptimo, fracciones I y II, de la Ley del ISR.

Se consideran erogaciones los gastos, las adquisiciones de bienes, los depósitos en cuentas bancarias y de inversión, y los pagos de tarjetas de crédito.

Para determinar el monto de las erogaciones, la autoridad fiscal podrá utilizar cualquier información que obre en su poder, ya sea porque conste en sus expedientes, documentos o bases de datos, o porque haya sido proporcionada por un tercero u otra autoridad.

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