SAT anuncia nueva facilidad para que contribuyentes presenten su declaración anual 2023

SAT extiende su horario de atención por Declaración Anual

SAT extiende su horario de atención por Declaración Anual

Una de las obligaciones que tenemos como contribuyentes, ya sea que tributemos como personas físicas o como personas morales, es presentar la Declaración Anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). No obstante, debido a que muchas personas desconocen el procedimiento para presentar la Declaración Anual ante el organismo tributario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) ha tomado la decisión de extender sus horarios de atención en oficinas y, de ese modo, poder ayudar a los contribuyentes a presentar el documento en tiempo y forma.

Bajo este entendido, con el horario extendido que tendrá el Servicio de Administración Tributaria hasta el 30 de abril de este año se busca dar apoyo a las personas físicas a fin de que estas puedan presentar, en tiempo y forma, la Declaración Anual, y, de ese modo, evitar multas y sanciones.

Sanciones

Ahora bien, es importante ser conscientes de que en caso de no presentar la Declaración Anual del ejercicio fiscal antes de las fechas establecidas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) puede derivar en diferentes consecuencias negativas, siendo una de ellas las multas, y son las siguientes:

*De mil 400 a 17 mil 370 pesos por cada una de las obligaciones no declaradas de manera espontánea dentro del plazo que corresponda.

*De mil 400 a 34 mil 730 pesos por cada obligación a que se esté comprometido, al presentar una declaración, solicitud, aviso o constancia, fuera del plazo indicado en el requerimiento o por incumplimiento de dicho requerimiento.

*De 14 mil 230 pesos a 28 mil 490 pesos por no presentar las declaraciones por internet estando obligado a ello, presentarlas fuera del plazo o no cumplir con los requerimientos de las autoridades tributarias para presentarlas o cumplirlos fuera de los períodos establecidos.

¿Cuánto es lo máximo que puedes deducir?

En cuanto a las deducciones, según lo establecido en el Código Fiscal de la Federación, las deducciones personales de los contribuyentes no pueden ir más allá del 15% del total de los ingresos declarados por parte de la persona en cuestión, ello a menos que correspondan a gastos médicos por incapacidad, discapacidad, donativos, aportaciones voluntarias, aportaciones complementarias de retiros  y estímulos fiscales.

“El monto total de las deducciones personales no debe exceder (excepto gastos médicos por incapacidad y discapacidad, donativos, aportaciones voluntarias y aportaciones complementarias de retiro, así como estímulos fiscales) no pueden exceder de Cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) o del 15% del total de tus ingresos, incluidos los exentos. Es decir, lo que resulte menor”, se detalla.

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