La Declaración Anual que se tiene que presentar ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), como su nombre lo indica, año con año, es uno de los trámites más importantes con los que las personas físicas y las personas morales que se encuentran en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) deben cumplir.
Bajo este contexto, recientemente el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer que hay algunos contribuyentes que pueden quedar exentos de presentar la Declaración Anual siempre y cuando cumplan con determinados requisitos.
En este sentido, para poder quedar exentos de la presentación de la Declaración Anual ante el organismo tributario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), los contribuyentes deben tributar en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) y cumplir con sus declaraciones mensuales.
Pero ¿Quiénes son los contribuyentes que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)? De acuerdo a la página web oficial del SAT, las personas físicas y personas morales que se encuentran en los siguientes casos.
Personas físicas
*Si eres persona física cuyos ingresos anuales no rebasan los 3.5 millones de pesos y realizas las siguientes actividades:
+Actividades empresariales y profesionales (talleres mecánicos, imprentas, restaurantes, cafeterías, cocinas económicas, cantinas, bares, tiendas de abarrotes, misceláneas, minisúpers, escuelas, guarderías, ferreterías y refaccionarias, entre otras; así como, abogados, contadores y médicos, entre otras).
+Régimen de Incorporación Fiscal.
+Uso o goce de bienes inmuebles (arrendamiento de departamentos, casas y locales comerciales, entre otros).
+Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras.
Personas morales
+Empresas que se encuentran inscritas bajo el Régimen General, que presentan la declaración anual de ISR, así como declaraciones provisionales mensuales y reportan los ingresos y gastos facturados en cada periodo.
+Si es es una persona moral se tiene que residir en México y estar constituida únicamente por personas físicas cuyos ingresos totales en el ejercicio inmediato anterior no excedan la cantidad de 35 millones de pesos, o bien, ser persona moral residente en México, únicamente constituida por personas físicas cuando comience operaciones y se estime que los ingresos no excederán dicha cantidad.
Cómo presentar las declaraciones mensuales
Ahora bien, las declaraciones mensuales en el RESICO se presentan a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior al que corresponda el pago, y el trámite se hace en línea en la página web oficial del SAT siguiendo los siguientes pasos:
*Selecciona el botón Iniciar.
*Ingresa a la aplicación con tu RFC y Contraseña o e.firma.
*Llena los datos que te solicita la declaración.
*Envía la declaración.
*Obtén el acuse de recibo de la declaración y, en su caso, línea de captura.
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